Si nos violan la privacidad y nuestra intimidad publicando información privada es un delito, pero ¿esto se concede cuando nosotros estamos infringiendo un delito y somos filmados? Esto significa que si uno filma a un ladrón robando en una casa ¿Le viola la privacidad?¿Si un estafador te estafa al interior de su casa, consulta u oficina, comete un delito, entonces prima su derecho a privacidad sobre el daño? En estos casos se debe tener algo llamado criterio y discernimiento, la capacidad para poder evaluar sobre una balanza todos los aspectos del caso, la Dra Cordero fue filmada incurriendo en actitudes ilegales, independiente de su privacidad lo que hacía era totalmente incorrecto e ilegal y la Dra Cordero lo sabía. En este caso, ella recibió un condena pública, una condena por el servicio médico, una condena de diferentes expertos en base a los graves hechos en que incurría y recibió una pena, es casi ilógico e irrisorio que el sistema legal, el cual deberia tener más que claro el tema es el único que no ve las aristas del caso y deja a la Dra Cordero como victima, Sres Jueces y ¿las irregularidades que ella cometió no importan?¿Absolverán a los traficantes y drogadictos por conversaciones telefónicas, grabaciones o videos también? Será un medio valido para poder absolver a jueces que reciban sobres con dinero por un fallo… En algún momento el supremo juez que es Dios juzgara nuestras acciones y esto puede ser fatal para algunos jueces puesto que es mucho más grave faltar a la ley o dejar de hacerla cumplir conociendo los detalles de la misma que no conocerla, obviar u ocultar un delito es tan o más grave como el delito mismo
"Dios es juez justo,y un Dios que se indigna cada día contra el impío . Y si el impío no se arrepiente, El afilará su espada;" tensado y preparado está su arco. (Salmos 7,v. 11-12)


